La DGT solicita a los ayuntamientos que no multen a coches sin etiqueta ambiental: aunque solo en este caso
![imagen de una carrretera con varios coches](https://www.adslzone.net/app/uploads-adslzone.net/2024/05/dgt-etiqueta-ambiental-pcpal-1-compressed.jpg)
Los vehículos están obligados a pasar la ITV para poder circular cumpliendo con la normativa existente y sin comprometer la seguridad del resto de vehículos o peatones con los que comparten vía. Pero, ¿qué ocurre si no contamos con una etiqueta ambiental y nuestro centro de la ITV está situado dentro del perímetro de una Zona de Bajas Emisiones?
Muchos ayuntamientos han tomado la decisión de no permitir a los vehículos que no cuentan con el distintivo ambiental pertinente acceder a las Zonas de Bajas Emisiones. En el caso de hacerlo, los conductores podrían estar expuestos a una sanción económica por no haber respetado la normativa presente en la ciudad pertinente. Sin embargo, existen situaciones en las que, como conductores, nos vemos obligados a tener que circular por este tipo de espacios, como es el caso de cuando tenemos que acudir a nuestro centro de la ITV. Entonces, ¿sería sancionable esta conducta si tenemos en cuenta la obligatoriedad de tener que superar la ITV para poder continuar circulando?
Consciente de esta situación, y tal y como informa la Asociación Española de Entidades Colaboración de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos, la DGT ha recomendado a los ayuntamientos que no sanciones a aquellos vehículos que circulen en estas zonas si la finalidad es la de acudir a la ITV.
AECA-ITV@AECA_ITVLa DGT recomienda a los ayuntamientos permitir el acceso, sin restricciones, de todos los vehículos a las estaciones de ITV ubicadas en ZBE@DGTes #ITVSalvaVidas #SeguridadVial #ZBE #PÁSALA
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28 de mayo, 2024 • 20:32
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Una recomendación de la DGT
La asociación mencionada previamente acudió a la DGT para solicitar que se pronunciara al respecto de esta cuestión, dado que realizar la ITV es una obligación clave para mejorar no solo la seguridad vial, sino también para proteger el medio ambiente. La Dirección General de Tráfico, como respuesta, ha aprobado el Escrito Directriz MOV 2024-03 que actualiza el Anexo II de la Instrucción MOV 2023/20, recogiendo esta cuestión.
La instrucción mencionada previamente únicamente actúa como una recomendación que se dirige a todos aquellos ayuntamientos que actualmente tienen una Zona de Baja Emisión o tienen previsto disponer de alguna de ellas en un futuro cercano.
Una medida no vinculante
La asociación ha considerado que “las autoridades municipales han tenido en cuenta las recomendaciones hechas por la DGT” en otras situaciones. Por lo tanto, se espera que ahora los ayuntamientos también admitan esta sugerencia y permiten a los vehículos poder acudir a este tipo de espacios sin riesgo de ser sancionados. No obstante, conviene recordar que se trata de una recomendación, no de una obligación. La medida no es vinculante y, por tanto, los ayuntamientos pueden continuar aplicando el régimen sancionador pertinente.
No es la primera vez que nos encontramos con que las Zonas de Bajas Emisiones tienen algún tipo de excepción que permiten a los coches sin etiqueta ambiental poder circular dentro de su perímetro sin ser multados. Por ejemplo, en la ciudad de Barcelona la ordenanza municipal sí que incluye una excepción para aquellos vehículos que tienen que acudir a talleres mecánicos o de reparación, incluso cuando no cumplen con los requisitos esenciales para disponer de una etiqueta ambiental, tal y como expone el diario La Vanguardia. Por lo tanto, y al no estar incluido en la ordenanza municipal pertinente, queda por ver cuál será la respuesta de los ayuntamientos al respecto.